El usuario al visitar
www.loteria.com.ec declara estar en conocimiento y aceptar el presente reglamento.
Lotería Internet constituye la versión Internet del juego tradicional de Lotería Nacional, y representa una nueva modalidad en la forma de comprar guachitos o enteros de Lotería. Los guachitos o enteros comprados por esta vía participan en el mismo sorteo de la Lotería Nacional, tienen los mismos precios y participan por los mismos premios.
Sólo podrán jugar las personas mayores de 18 años residentes en el territorio ecuatoriano.
Los usuarios, al momento de registrarse, declaran conocer y respetar las leyes que dan origen al juego de Lotería, así como el reglamento del juego.
Condiciones Generales
InstruccionesAsegúrese de leer cuidadosamente todas las instrucciones antes de comprar. Éstas le servirán para conocer con exactitud las funciones del sitio, y de esa forma mejorar sus experiencias al momento de participar.
Compra de Producto
Por la naturaleza intangible del producto, la compra ocurre inmediatamente después de la aprobación de la transacción.
No existen costos adicionales ni plazos, puesto que la transacción ocurre inmediatamente después de realizado el cargo por el valor de la compra. En caso de no poder efectuarse la transacción de compra del producto, no existirá cargo para el cliente.
Si tiene dudas sobre la compra del producto, por favor consulte la sección "Contacto" en este sitio y le responderemos a la brevedad.
Precios y costosTodos los valores presentados en este sitio, para el precio del entero y para el guachito (fracción del entero), están expresados en dólares de los Estados Unidos de América.
Los precios de los enteros y de los guachitos de Lotería son los que figuran publicados en este sitio al momento de comprar. Los precios aquí cobrados son los mismos que se usan para la venta ambulante o en locales comerciales de Lotería.
Los premios se pagan de acuerdo al Boletín Oficial y al Acta respectiva, únicos comprobantes que hacen fe y que no pueden ser reemplazados. El Boletín Oficial se publicará al siguiente día del Sorteo. En caso de oposición entre el Acta del Sorteo y el Boletín, prevalecerá lo que diga el Acta del Sorteo, elaborada por Notario Público. Los pagos se efectuarán los días hábiles de 8h45 a 17h00 ininterrumpidamente en las oficinas de Lotería ubicadas en las siguientes direcciones:
En Guayaquil: Calle Vélez No. 111 y Pedro Carbo.
Av. Juan Tanca Marengo #105 y Av. Justino Cornejo.
En Quito: Av. Atahualpa No. 1120 y Nuñez de Vela Esq., Edificio Torres del Puente.
En Cuenca: Av. Paucarbamba 4-116 y Luis Moreno Mora.
En Portoviejo: 9 de Octubre (503) entre Olmedo y Morales.
Las suertes tienen el 14% de descuento, siendo copartícipes el Benemérito Cuerpo de Bomberos y varias instituciones de beneficencia. Este impuesto lo deducirá la oficina de Lotería, al verificar el pago de dichas suertes. Los terminales de la primera suerte no tienen descuento,
Políticas de DevoluciónNo existe devolución de productos y tampoco se devolverá dinero al cliente una vez que haya confirmado la compra de guachitos o enteros de Lotería.
Compras válidas participantesLas compras de boletos válidas que participan en los sorteos de Lotería son aquellas que hayan ingresado exclusivamente desde el sitio de Lotería Nacional, y que se encuentren correctamente registradas en la base de datos impresa de esta institución.
Resultados Oficiales
Los resultados oficiales son los del Acta de cada sorteo que Lotería Nacional publica en las oficinas y locales comerciales después de los sorteos, a través de listados impresos, denominados "boletín de resultados".
Los resultados publicados a través de medios electrónicos constituyen un servicio y no están ajenos a eventuales fallas técnicas y/o de información.
Hechos de fuerza mayor o fortuitosLotería Nacional, realiza un esfuerzo importante en mantener actualizado y libre de errores sus sistemas. No obstante lo anterior, no garantiza que la información publicada a través de Internet, tanto de compras realizadas, como de resultados, esté libre de errores. Lotería Nacional podrá rectificar esta información cada vez que sea necesario, y no será responsable de causas de fuerza mayor, casos fortuitos u otros que se presenten.
Entre otras causas, se entenderá hecho de fuerza mayor o fortuito todo corte o interrupción de los medios de oferta del producto o de los enlaces del mismo, materiales o inmateriales, alámbricos o inalámbricos, virtuales o reales.
Si por causa de fuerza mayor o caso fortuito se llegare a producir una interrupción parcial o total durante cualquiera de las etapas requeridas para la compra del producto, Lotería Nacional se obliga a devolver el valor de la compra, siempre que tal interrupción impida la finalización del proceso de compra, sin importar si ésta pudiere o no haber tenido premio. El comprador renuncia a todo reclamo sobre cualquier posible premio que pudiera favorecer al producto cuya compra se interrumpió, incluyendo en forma expresa toda reivindicación monetaria o indemnización en su favor.
Sabotaje Informático a los Sistemas de Información
Este delito, en sus diversas modalidades, se encuentra tipificado en los siguientes artículos de la Ley de Comercio Electrónico:
Art. 57.- Infracciones informáticas.- Se considerarán infracciones informáticas, las de carácter administrativo y las que se tipifican, mediante reformas al Código Penal, en la presente ley.
Reformas al Código Penal
Art. 58.- A continuación del artículo 202, inclúyanse los siguientes artículos innumerados:
"Art...- El que empleando cualquier medio electrónico, informático o afín, violentare claves o sistemas de seguridad, para acceder u obtener información protegida, contenida en sistemas de información; para vulnerar el secreto, confidencialidad y reserva, o simplemente vulnerar la seguridad, será reprimido con prisión de seis meses a un año y multa de quinientos a mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.
Si la información obtenida se refiere a seguridad nacional, o a secretos comerciales o industriales, la pena será de uno a tres años de prisión y multa de mil a mil quinientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.
La divulgación o la utilización fraudulenta de la información protegida, así como de los secretos comerciales o industriales, será sancionada con pena de reclusión menor ordinaria de tres a seis años y multa de dos mil a diez mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.
Si la divulgación o la utilización fraudulenta se realiza por parte de la persona o personas encargadas de la custodia o utilización legítima de la información, éstas serán sancionadas con pena de reclusión menor de seis a nueve años y multa de dos mil a diez mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.
Art...- Obtención y utilización no autorizada de información.- La persona o personas que obtuvieren información sobre datos personales para después cederla, publicarla, utilizarla o transferirla a cualquier título, sin la autorización de su titular o titulares, serán sancionadas con pena de prisión de dos meses a dos años y multa de mil a dos mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica."
Art. 59.- Sustitúyase el artículo 262 por el siguiente:
"Art. ...- 262.- Serán reprimidos con tres a seis años de reclusión menor, todo empleado público y toda persona encargada de un servicio público, que hubiere maliciosa y fraudulentamente, destruido o suprimido documentos, títulos, programas, datos, bases de datos, información o cualquier mensaje de datos contenido en un sistema de información o red electrónica, de que fueren depositarios, en su calidad de tales, o que les hubieren sido encomendados sin razón de su cargo".
Art. 60.- A continuación del artículo 353, agréguese el siguiente artículo innumerado:
"Art. ...- Falsificación electrónica.- Son reos de falsificación electrónica la persona o personas que con ánimo de lucro o bien para causar un perjuicio a un tercero, utilizando cualquier medio; alteren o modifiquen mensajes de datos, o la información incluida en éstos, que se encuentre contenida en cualquier soporte material, sistema de información o telemático, ya sea:
1.- Alterando un mensaje de datos en alguno de sus elementos o requisitos de carácter formal o esencial;
2.- Simulando un mensaje de datos en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad;
3.- Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido o atribuyendo a las que han intervenido en el acto, declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieren hecho.
El delito de falsificación electrónica será sancionado de acuerdo a lo dispuesto en este Capítulo.".
Art. 61.- A continuación del artículo 415 del Código Penal, inclúyanse los siguientes artículos innumerados:
"Art. ...- Daños informáticos.- El que dolosamente, de cualquier modo o utilizando cualquier método, destruya, altere, inutilice, suprima o dañe, de forma temporal o definitiva, los programas, datos, bases de datos, información o cualquier mensaje de datos contenido en un sistema de información o red electrónica, será reprimido con prisión de seis meses a tres años y multa de sesenta a ciento cincuenta dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.
La pena de prisión será de tres a cinco años y multa de doscientos a seiscientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, cuando se trate de programas, datos, bases de datos, información o cualquier mensaje de datos contenido en un sistema de información o red electrónica, destinada a prestar un servicio público o vinculada con la defensa nacional.
Art. ...- Si no se tratare de un delito mayor, la destrucción, alteración o inutilización de la infraestructura o instalaciones físicas necesarias para la transmisión, recepción o procesamiento de mensajes de datos, será reprimida con prisión de ocho meses a cuatro años y multa de doscientos a seiscientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.".
Art. 62.- A continuación del artículo 553 del Código Penal, añádanse los siguientes artículos innumerados:
“Art. ...- Apropiación ilícita.- Serán reprimidos con prisión de seis meses a cinco años y multa de quinientos a mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, los que utilizaren fraudulentamente sistemas de información o redes electrónicas, para facilitar la apropiación de un bien ajeno, o los que procuren la transferencia no consentida de bienes, valores o derechos de una persona, en perjuicio de ésta o de un tercero, en beneficio suyo o de otra persona alterando, manipulando o modificando el funcionamiento de redes electrónicas, programas informáticos, sistemas informáticos, telemáticos o mensajes de datos.
Art. ...- La pena de prisión de uno a cinco años y multa de mil a dos mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, si el delito se hubiere cometido empleando los siguientes medios:
1. Inutilización de sistemas de alarma o guarda;
2. Descubrimiento o descifrado de claves secretas o encriptadas;
3. Utilización de tarjetas magnéticas o perforadas;
4. Utilización de controles o instrumentos de apertura a distancia; y,
5. Violación de seguridades electrónicas, informáticas u otras semejantes.".
Art. 63.- Añádase como segundo inciso del artículo 563 del Código Penal, el siguiente:
"Será sancionado con el máximo de la pena prevista en el inciso anterior y multa de quinientos a mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, el que cometiere el delito utilizando medios electrónicos o telemáticos.".
Art. 64.- A continuación del numeral 19 del artículo 606 añádase el siguiente:
“... Los que violaren el derecho a la intimidad, en los términos establecidos en la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos.".
Cierre de Cuentas de la Suerte
Lotería se reserva el derecho a cerrar y/o desactivar la o las cuenta(s) de la Suerte relacionadas con un cliente en caso de estimarlo conveniente, de acuerdo a su exclusivo criterio.
Condiciones de Reserva de Números
Aquellos números que se reserven para sorteos posteriores, estarán disponibles de forma exclusiva para la compra del cliente durante 3 días a partir de la fecha de inicio de ventas del sorteo en cuestión. Luego de este período, el número quedará libre y disponible para la compra de cualquier cliente que no lo tenga reservado.
Horario de Atención
El sitio estará disponible para hacer compras de un sorteo hasta las 12:00 del día dell sorteo; sin embargo, se podrá hacer compras de sorteos posteriores.
Especificaciones generales
Boletines de Resultados
Los boletines de resultados son puestos a disposición del público, con el objeto que los utilicen como estimen conveniente. Dado que constituyen información histórica recopilada manualmente, no es posible garantizar la completa ausencia de errores.
REVISADO Y CORREGIDO
Sobre la difusión de ganadores
Los ganadores de Lotería Internet están obligados a favorecer la difusión de dicho acontecimiento por los medios que Lotería Nacional determine, a favor de la necesaria transparencia que exige la fe pública (prensa, televisión, internet, radio y otros).
Contacto
A través de correo electrónico se ofrece la posibilidad de realizar consultas o sugerencias el sitio web y sus servicios. Lotería intentará responder cada uno de los e-mails que se reciban siempre que tenga la capacidad de poder hacerlo.
Lotería no está obligada a contestar todos los e-mails recibidos.
Las consultas que se reciban, así como las respuestas elaboradas serán de propiedad de Lotería Nacional y podrán ser utilizadas como contenido de otras secciones o como respuestas a otros clientes.
Ayuda
Lotería prestará ayuda a través de su sistema de preguntas frecuentes.
Resultados por e-mail
Los resultados por e-mail se generan en forma automática y son enviados a los interesados. Dependiendo de la solicitud del usuario, la frecuencia de los resultados variará desde una y hasta tres veces por semana. La información utilizada para estos resultados es la misma que aparece en el sitio Web, en la sección Resultados, por lo que siempre existe alguna posibilidad de error. Es por ello que los resultados oficiales son los publicados en las oficinas, locales y vendedores ambulantes de Lotería en todo el Ecuador.
A veces los resultados pueden demorarse en ser enviados y/o no ser enviados debido a dificultades técnicas.
La información contenida en los resultados puede variar en cantidad, debido a que en ocasiones se omitirán resultados promocionales por lo extenso de ellos.
Uso de Herramientas y Restricciones
Para comprar en www.loteria.com.ec se debe usar un PC (Personal Computer) con Microsoft Explorer 6.0 o superior y el plug in flash disponible gratuitamente.
Formas de Pago
Los clientes del sitio podrán pagar sus compras al Lotería a través de los siguientes medios:
1.- Tarjeta de Crédito Bancario, para lo cual se utilizará el servicio seguro de transacciones de Pacificard para Mastercard/Visa y la plataforma de pagos PayClub para Diners Club.
2.- Cuenta de la Suerte, cuyo monto corresponderá al saldo acumulado de premios de hasta $40 y podrá ser usado para comprar Lotería a través de Internet.
Lotería se reserva el derecho de asignar los montos mínimos y máximos de los distintos medios de pago antes mencionados.
Reiteramos que sólo pueden participar los mayores de 18 años residentes en el territorio nacional. Además, recordamos:
o El cliente es responsable de conocer las leyes del Ecuador, referentes a los juegos de azar y las transacciones en Internet.
o Se recomienda al cliente retener una copia de los registros de las transacciones realizadas con su tarjeta de crédito y del reglamento.
Comprobante de Venta
Toda compra de Lotería realizada a través de Internet genera un comprobante, el cual contendrá la siguiente información:
o Datos del comprador: Cédula, Nombre, Dirección, etc.
o Datos del medio de Pago: Nombre de la Tarjeta, Últimos 4 dígitos, Fecha de caducidad
o Detalle de la compra: Listado de cada boleto adquirido, acompañado de su respectivo código de barras (código N).
o Detalle de premios instantáneos: Listado de cada boleto que salio favorecido con un premio instantáneo, acompañado de su respectivo código de barras (código R)
o Valor total debitado de la tarjeta.
Es obligación del cliente imprimir este comprobante, para fines de cobro de premios, en caso de salir favorecido con alguna de las suertes sorteadas.
Pago de Premios
Pago de Premios en Dinero
Los premios en dinero de hasta $40 por concepto de aproximaciones a suertes, terminales a la primera suerte o premios instantáneos serán acreditados de forma automática en la Cuenta de la Suerte.
Los premios instantáneos son asignados al momento de la finalización del proceso de compra. El cliente recibirá una notificación vía correo electrónico para todos los premios instantáneos mayores a $40 a los que se haya hecho acreedor durante la compra. Esta notificación contendrá la siguiente información:
o Datos del ganador: Cédula, Nombre, Dirección, etc.
o Detalle del premio, acompañado de su respectivo número de comprobación de 32 dígitos (código R)
Esta notificación también es enviada a un funcionario de Lotería, cual se encargará de notarizar dicha notificación para certificación del ganador al momento que se acerque a cobrar su premio.
En caso de premios mayores a $40 o premios en especie, el cliente deberá retirarlos personalmente en las oficinas de Lotería Nacional donde recibirá el certificado de premio(s) correspondiente según normativa vigente, previa presentación de su cédula y el comprobante de venta impreso. Adicionalmente, se obliga al cliente a facilitar la difusión del premio a través de los medios que Lotería estime.
Todos los premios están sujetos a las políticas de caducidad establecidas en el Reglamento de Lotería (6 meses)
Por su seguridad Lotería se reserva el derecho a retener el proceso de Pago de Premios si:
a) La generación u obtención de él o los premios presentan alguna inconsistencia. y/o
b) Los datos personales registrados por el jugador presentan inconsistencia entre ellos (Nombre , C.I., domicilio, o teléfono). y/o
c) Los datos personales registrados por el jugador difieren del titular de la tarjeta de crédito o comercial utilizada para pagar las apuestas que permitieron obtener el premio en cuestión.
Para proceder con el pago de premios el Jugador deberá clarificar su situación ante Lotería enviando un correo electrónico a info@loteria.com.ec donde lo contactaremos a la brevedad.
Los ganadores están obligados a prestar colaboración, así como su nombre e imagen en la difusión de estos premios a favor de la necesaria transparencia que exige la fe pública, de acuerdo a lo solicitado por Lotería.
Cierre de Cuenta
Los clientes podrán solicitar el cierre de su cuenta a través de la sección 'Contáctenos'. Adicionalmente, el cliente quedará impedido de abrir una nueva cuenta.
En el caso de cuentas inactivas por un período superior a 6 meses Lotería se reserva el derecho de cerrar dichas cuentas y rebajar el saldo correspondiente previo aviso vía e-mail.